REGLAMENTO GENERAL DEL PROCESO DE ADMISIÓN 2012-II
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TÍTULO I
GENERALIDADES
Art. 1. El Reglamento de Admisión del Instituto de Educación Superior Pedagógico Público “José Jiménez Borja” (IESPP “JJB”), es el documento que contiene los normativos según los lineamientos nacionales que rigen el proceso de Organización, Ejecución y Evaluación del Proceso de Admisión de nuestra institución. Sus disposiciones deben ser cumplidas por el personal directivo, jerárquico, docentes y estudiantes postulantes al IESPP “JJB”.
Art.2. Tiene por finalidad precisar las normas que permitan optimizar el Cronograma de Actividades para el proceso de Admisión en el Instituto de Educación Superior Pedagógico Público “José Jiménez Borja”, así como determinar las competencias y responsabilidades de las diferentes instancias de gestión descentralizada.
Art. 3. El presente reglamento se sustenta en las siguientes bases legales:
a) Constitución Política del Perú
b) Ley N°28044, Ley General de Educación.
c) Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior
d) Ley N° 29062, Ley que modifica a la Ley del Profesorado en lo referido a la Carrera Pública Magisterial, Artículo 6° Inciso g.
e) Ley N°27050. Ley General de la Persona con Discapacidad.
f) Ley N° 28131, Ley del Artista Intérprete y Ejecutante.
g) Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones - PIR
h) Decreto Supremo N° 006-2006-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y sus modificatorias.
i) Decreto Supremo N° 004-2010-ED, Reglamento de la Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior.
j) Resolución Ministerial N° 0033-2012-ED, que aprueba los “Lineamientos Nacionales para el desarrollo del Proceso de Admisión en los Institutos y Escuelas de Educación Superior en las carreras de formación docente.
k) Resolución Ministerial Nº 0272-2012-ED.: Modifica numeral de los Lineamientos Nacionales para el Desarrollo del Proceso de Admisión en los Institutos y Escuelas de Educación Superior en las Carreras de Formación Docente.
l) Resolución Directoral Nº 0230-2012-ED.: Aprueba el Cronograma para el Proceso de Admisión 2012-II.
m) Resolución Directoral que aprueba el Reglamento Interno del IESPP “José Jiménez Borja” de Tacna.
Art.4. Normas Generales del proceso de Admisión 2012-II.
a) El concurso público de admisión al Instituto de Educación Superior Pedagógico Público José Jiménez Borja es el proceso anual que tiene por finalidad seleccionar a los estudiantes cuyo perfil acredite idoneidad personal y académica para iniciar sus estudios en una determinada carrera pedagógica.
b) El concurso público de admisión presenta dos modalidades: ingreso ordinario e ingreso por exoneración; ambas orientadas a los egresados de la educación básica.
c) El proceso de admisión está a cargo de la Comisión Central del Concurso Público de Admisión quien tendrá bajo su responsabilidad la planificación, organización y ejecución de todas las acciones concernientes al mencionado proceso.
d) La Comisión Central establece los criterios técnicos para un proceso de admisión con garantía de transparencia e imparcialidad durante su desarrollo, cumpliendo los requisitos establecidos por la DIGESUTP-DESP.
e) El desarrollo del proceso de admisión será supervisado, monitoreado y evaluado por el MED, DRSET y UGEL por delegación.
f) La Comisión Central elaborará el Reglamento de Admisión y Prospecto estableciendo el cronograma del proceso de admisión.
g) Las Instituciones de Educación Superior para convocar a concurso público de Admisión a las carreras de formación docente requieren autorización previa de la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional (DIGESUTP).
h) Las normas promocionales para la admisión a las Instituciones de Educación Superior a las que hace referencia el artículo 17° de la Ley N°29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación, no exoneran de las pruebas Psicológica, de Entrevista Personal y prueba de aptitud para la Carrera Profesional y/o Especialidad.
i) Las Instituciones de Educación Superior reservarán hasta un 20% de la meta de atención para los postulantes en la modalidad de exoneración. Las vacantes no adjudicadas en el presente numeral serán cubiertas a través del Ingreso Ordinario.
TÍTULO II
DE LA ADMISIÓN 2012-II
Art. 5. El proceso de Admisión es una función esencial del IESPP “José Jiménez Borja” y tiene la finalidad de convocar a los estudiantes de Educación Básica en todas sus modalidades al culminar el 5to grado de educación secundaria para formar parte de nuestra casa superior de estudios el IESPP “José Jiménez Borja”, lo que permitirá elegir una de las carreras profesionales que oferta nuestra Institución.
Art. 6. La Comisión de Admisión 2012-II cumplirá las siguientes funciones:
a) Inscripción de postulantes en el sistema de admisión del MED.
b) El IESPP “JJB”, remite a la DRET la relación de postulantes al proceso de Admisión.
c) Elaboración de los instrumentos de evaluación en base a la Matriz de Capacidades y Contenidos diseñada por el MED y en concordancia con los contextos educativos de la región.
d) Aplicación de las pruebas de evaluación en el local institucional en concordancia con la Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna según fecha programada en el Cronograma aprobado por la DIGESUTP.
e) Aplicación de la Prueba Psicológica y Entrevista personal.
f) Aplicación de la Prueba de Aptitud para la Carrera Profesional elegida.
g) Publicación en el local y página web de la institución la relación de ingresantes con los resultados finales obtenidos en el concurso público de admisión en estricto orden de mérito.
h) Registro de los resultados en el sistema de admisión del MED.
i) Elaboración del Informe Final del proceso de admisión y remisión a las instancias respectivas.
Art. 7. Características del Concurso Público:
a) Modalidades: Ingreso Ordinario e Ingreso por Exoneración.
b) Nota aprobatoria: Once (11) en la escala vigesimal en las pruebas programadas, entrevista personal y en el puntaje final.
c) El puntaje final del postulante resulta de la sumatoria de los puntajes parciales los cuales se obtienen ponderando los puntajes de cada aspecto con el peso porcentual asignado.
d) Participan del Concurso Público de Admisión, los egresados de la Educación Básica en cualquiera de sus modalidades.
Art. 8. Del Ingreso Ordinario:
a) Consta de tres pruebas elaboradas por la institución, orientadas a evaluar todas las capacidades comprendidas en la Matriz de Capacidades y Contenidos diseñada por el MED. Comprende los siguientes aspectos:
- Conocimientos generales básicos (60%), a través de una prueba escrita de 100 preguntas.
- Aspecto personal-vocacional (20%) a través de una entrevista y prueba psicológica.
- Aptitud para la carrera y/o especialidad (20%) a través de una prueba de ejecución.
b) Los instrumentos de evaluación serán elaborados y administrados por el IESP José Jiménez Borja y su calificación se hará considerando la escala vigesimal.
c) Las vacantes consideradas para esta modalidad en cada carrera pedagógica se cubrirán en estricto orden de mérito y con la nota mínima de 11 (once) puntos.
Art.9. Del Ingreso por Exoneración: Participan en esta modalidad de ingreso los egresados de la educación básica que acrediten ser:
a) Egresados del Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú.
b) El primer y segundo puesto de la Educación Básica Regular, en función al puntaje acumulado en los cinco años de la Educación Secundaria o del Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa.
c) Deportistas calificados, acreditados por el Instituto Peruano del Deporte.
d) Beneficiarios del Programa de Reparaciones en Educación, del Plan Integral de Reparaciones (PIR) creado por Ley N° 28592.
e) Artistas calificados que hayan representado al país o a la región, acreditados por el Ministerio de Cultura o una Escuela Nacional o Regional Superior de Arte.
Art. 10. Los postulantes que acrediten una de las condiciones señaladas en el Artículo 9, serán exonerados de la Prueba Escrita de conocimientos generales básicos, debiendo rendir únicamente las pruebas psicológica, entrevista personal y aptitud para la carrera y/o especialidad.
Art.11. Los postulantes que no alcancen vacante mediante esta modalidad de ingreso podrán someterse a las pruebas de la modalidad de ingreso ordinario
TÍTULO III
EL PROCESO DE ADMISIÓN 2012-II
CAPÍTULO I
COMPETENCIAS Y RESPONSABILIDADES
Art.12. El proceso de Admisión es responsabilidad de:
a) Ministerio de Educación - DIGESUTP -DESP
b) Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna
c) Instituto de Educación Superior Pedagógico Público “José Jiménez Borja”.
Art.13. La Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional – DIGESUTP a través de la Dirección de Educación Superior Pedagógica – DESP tiene la responsabilidad de:
a) Aprobar por Resolución Directoral, el cronograma anual del proceso de admisión.
b) Supervisar, monitorear y evaluar el desarrollo del proceso de admisión a las Instituciones de Educación Superior, asegurando transparencia, seriedad y eficiencia técnica en el proceso evaluativo, con el apoyo de los Gobiernos Regionales a través de las DRE y UGEL por delegación.
c) Publicar la relación de ingresantes con los resultados obtenidos en la página web del MED.
Art.14. El Gobierno Regional de Tacna garantiza la participación de las instancias de gestión educativa descentralizadas en el desarrollo del proceso de admisión, asignando las partidas presupuestales correspondientes para los viáticos de los supervisores designados, los días de las evaluaciones.
Art.15. La Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna tiene la responsabilidad de:
a) Determinar anualmente las carreras y especialidades pedagógicas que se requieren en la región, con el sustento de un estudio técnico.
b) Elaborar lineamientos regionales complementarios para el proceso de admisión, de ser necesario.
c) Supervisar el desarrollo del proceso asegurando transparencia, seriedad y eficiencia técnica en el desarrollo evaluativo.
d) Remitir a la DESP en el plazo establecido por la DIGESUTP, un informe en formato impreso sobre el desarrollo del proceso de admisión que consolide los resultados. Se adjuntará un ejemplar de los instrumentos de evaluación aplicados y del Reglamento de Admisión de la institución.
Art.16. El IESPP “José Jiménez Borja”, presenta el expediente con los requisitos exigidos por la DIGESUTP/DESP, quien autoriza a realizar la convocatoria del Proceso de Admisión en la carrera autorizada.
Art. 17. El Instituto de Educación Superior Pedagógico Público “José Jiménez Borja” tiene la responsabilidad de:
a) Elaborar el Reglamento de Admisión de la institución en el marco de los lineamientos nacionales.
b) Difundir a nivel local el Cronograma de actividades del proceso de Admisión, particularmente, el plazo para la Inscripción de postulantes y las fechas de aplicación de la Prueba de Conocimientos Generales, Prueba Psicológica, entrevista personal y Prueba de aptitud para la carrera y/o especialidad.
c) Conformar un equipo técnico institucional para elaborar los instrumentos de evaluación en base a la Matriz de Capacidades y Contenidos diseñados por el MED y en concordancia con el contexto educativo de la región.
d) Convocar al concurso público de admisión en las carreras y especialidades en las que haya obtenido autorización de metas de atención.
e) Inscribir a los postulantes en el sistema de admisión del MED verificando la autenticidad de los documentos.
f) Registrar la inscripción de los postulantes en el sistema de admisión del MED en el plazo establecido en el cronograma aprobado por la DIGESUTP.
g) Hacer entrega de la constancia de inscripción generada por el sistema de admisión del MED con la firma del postulante, la firma, post firma y sello del Director General de la Institución y la foto del postulante sellada por la institución.
h) Organizar el archivo de la documentación de los postulantes inscritos en la modalidad de ingreso por exoneración, para su revisión por los supervisores del MED, DRSET o UGEL.
i) Brindar al supervisor del MED, DRE o UGEL por delegación las facilidades necesarias para la ejecución de su labor y hacerle entrega de un ejemplar de cada uno de los instrumentos aplicados y del Reglamento de Admisión de la institución.
j) Aplicar las pruebas de evaluación en el local institucional en coordinación con la Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna, en las fechas programadas dentro del plazo establecido en el cronograma por la DIGESUTP.
k) Registrar los resultados en el sistema de admisión del MED, en un plazo no mayor de 48 horas contados a partir del día siguiente de finalizada la aplicación de las pruebas de evaluación.
l) Publicar en el local y página web de la institución la relación de ingresantes con los resultados finales obtenidos en el concurso público de admisión 2012-II en estricto orden de mérito, en un plazo no mayor de 48 horas contados a partir del día siguientes de finalizada la aplicación de las pruebas de evaluación.
TÍTULO IV
DE LA INSCRIPCIÓN, EVALUACIÓN Y RESULTADOS DEL PROCESO DE ADMISIÓN 2012-II
CAPÍTULO I
DE LA INSCRIPCIÓN
Art.18. La programación, organización, ejecución y evaluación del proceso de Admisión tienden a permitir la continuidad de la formación de maestros de calidad y la vigencia de nuestro IESPP “José Jiménez Borja”.
Art.19. El postulante para inscribirse en la modalidad de ingreso ordinario, deberá presentar, los siguientes documentos:
a) Ficha de inscripción debidamente llenada.
b) Copia legalizada del DNI
c) Partida de nacimiento original
d) Certificado de Estudios Originales (EBR) o de Educación Básica Alternativa, visados por la DRSET y/o UGEL respectiva.
e) Declaración Jurada de no registrar antecedentes penales o judiciales.
f) Tres fotos recientes, tamaño carnet a color.
g) Carta de compromiso de respetar la axiología institucional. (Convenio)
h) Recibo de pago por concepto de Admisión.
Art.20. El postulante para inscribirse en la modalidad de ingreso por exoneración, además de los documentos anteriores presentará:
a) Egresado del Colegio Mayor Secundario Presidente de Perú: certificado de estudios visado por la UGEL correspondiente.
b) Primeros puestos: certificado de estudios con cuadro de méritos que acredite haber obtenido el primer o segundo puesto, visado por la UGEL correspondiente.
c) Deportista calificado: carta de presentación del Presidente del Instituto Peruano del Deporte y credencial como miembro de la selección departamental o nacional y/o haber participado en certámenes nacionales o internacionales dentro de los dos últimos años y tener actividad permanente en e el deporte de su elección.
d) Beneficiario del Programa de Reparaciones en Educación, del Plan Integral de Reparaciones (PIR): certificado de inscripción en el Registro Único de Víctimas expedido por el Consejo de Reparaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros
e) Artista destacado o con trayectoria: constancia de representación nacional o regional emitida por la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura o una Escuela Nacional o Regional Superior de Arte.
f) Servicio de Nivelación Académica (SENA): Constancia de haber ocupado el primer y segundo puesto por Carrera Profesional, otorgada por la Dirección General de la Institución.
Art.21. El postulante al inscribirse, recibirá la constancia de inscripción generada por el sistema de admisión del MED, la que llevará su foto sellada por la institución. La constancia deberá estar suscrita por el Director General de la institución y el postulante.
Art.22. Es nula la inscripción del postulante que no haya acreditado uno de los requisitos señalados en los artículos 21 y 22.
CAPÍTULO II
DE LAS PRUEBAS DE EVALUACIÓN Y RESULTADOS
Art.23. La elaboración de los instrumentos de evaluación tomará en cuenta las capacidades desarrolladas en la Educación Básica en sus diferentes modalidades y el perfil de ingreso de los futuros estudiantes de la carrera de Educación, en el marco de los Diseños Curriculares Básicos Nacionales.
Art.24. La Prueba Escrita de Conocimientos Generales Básicos será rendida por los postulantes debidamente registrados en el sistema de admisión en el local del IESP José Jiménez Borja, sito en Billinghurst Nº 150.
Art.25. El postulante deberá presentar la constancia de inscripción generada por el sistema de admisión y su DNI, para el ingreso al local donde se rendirán las pruebas. Ambos documentos son los únicos que autorizan su participación en el concurso público de admisión 2012-II.
Art.26. Cualquier falta o infracción cometida por el postulante (datos personales falsos, falsificación de documentos, suplantación, sustracción de la prueba, etc.) será registrada en acta y dará lugar a la anulación de la inscripción y registros respectivos para todos sus efectos, sin perjuicio del inicio de las acciones legales correspondientes.
Art.27. Los resultados obtenidos se registrarán en el sistema de admisión del Ministerio de Educación, en un plazo no mayor de 48 horas contados a partir del día siguiente de finalizada la aplicación de las pruebas de evaluación
Art.28. En la modalidad de ingreso ordinario:
a) El IESPP José Jiménez Borja registrará en el sistema de admisión del Ministerio de Educación los calificativos obtenidos en cada uno de los tres aspectos: 1) conocimientos generales básicos, 2) aspecto personal-vocacional, y 3) aptitud para la carrera y/o especialidad.
b) El sistema de admisión del Ministerio de Educación pondera cada aspecto considerando los pesos porcentuales señalados en la Matriz de Capacidades y Contenidos. El puntaje final se obtiene como resultante de la sumatoria de los puntajes parciales. Los resultados no son impugnables.
c) El IESPP adjudicará las vacantes, en estricto orden de mérito, a los postulantes que hayan obtenido la nota mínima de once (11) puntos hasta cubrir la meta autorizada.
Art.29. En la modalidad de ingreso por exoneración, el IESPP registrará en el sistema de admisión del MED el puntaje final obtenido por los postulantes, en la escala vigesimal.
Art.30. El Director General de la institución firmará la constancia de ingreso generada por el sistema de admisión, consignando además su post firma y sello. Este documento será entregado al postulante sin costo alguno.
Art.31. De los Resultados Finales: El puntaje final se obtiene como resultante de la sumatoria de los puntajes parciales de la Prueba Escrita de Conocimientos Generales Básicos, Prueba Psicológica/Entrevista Personal y Prueba de Aptitud para la carrera y/o especialidad y los resultados no son impugnables. Las vacantes serán adjudicadas en estricto orden de mérito. Solamente ingresarán los postulantes que hayan obtenido como mínimo once (11) en el puntaje final.
Art.32. En caso de empate en el último puesto para cubrir la meta autorizada a la institución se tendrá en cuenta el resultado obtenido en la Prueba Escrita de Conocimientos Generales Básicos; de persistir el empate, se considerará el puntaje parcial obtenido en la prueba Psicológica/Entrevista Personal.
Art.33. En caso de empate en la modalidad de ingreso por exoneración, se considerará el promedio de las notas obtenidas en quinto de secundaria. De persistir el empate se tomará en cuenta las notas de cuarto de secundaria.
Art.34. Los casos no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos por el Ministerio de Educación y el IESPP “José Jiménez Borja”.
Tacna, Agosto del 2012
Actualizado (Viernes, 10 de Agosto de 2012 18:53)











